PROCEDIMIENTO SANCIONADOR: ADVERTENCIAS LEGALES
INICIACIÓN: mediante esta denuncia.
INSTRUCTOR: Jefe/a del Negociado de Sanciones del Ayuntamiento de San Javier.
AUTORIDAD SANCIONADORA: salvo delegación de competencia, alcalde/sa del Ayuntamiento de San Javier.
PERSONA RESPONSABLE: el autor, el titular del vehículo tiene el deber de identificar verazmente al conductor, de no hacerlo será sancionado como autor de una infracción muy grave; en la misma obligación y responsabilidad incurrirán en su caso, el conductor habitual designado y el arrendatario; de la responsabilidad pecuniaria por hechos cometidos por un menor de 18 años responden solidariamente con él sus padres o tutores legales.
FORMA DE PAGO: El día de la denuncia, con tarjeta bancaria en dependencias policiales o mediante recibo emitido de alguna de la siguientes formas:
1º En cualquiera de las oficinas de Recaudación del Ayuntamiento de San Javier sitas en San Javier y en La Manga en horario de oficina.
2º solicitándolo por correo electrónico a recaudacion@sanjavier.es,
3º por teléfono en horario de oficina en Recaudación: San Javier 968571275, 968190810 ext. 2004 o La Manga al 968573700 ext. 5239. Dicho recibo podrá ser pagado en cualquiera de las oficinas de Recaudación mediante tarjeta bancaria, en las entidades bancarias especificadas en el recibo, o en la web: www.sanjavier.es opción Portal del contribuyente.
PAGO REDUCIDO (Procedimiento sancionador abreviado): El pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncio o dentro del plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación dará lugar a la conclusión del procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias (art 94 de ley 6/2015 de 30 de octubre de LTSV):
a) La reducción del 50 por ciento del importe de la sanción.
b) La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que se formulen se tendrán por no presentadas.
c) La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago.
d) El agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
e) El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se iniciará el día siguiente a aquel en que tenga lugar el pago.
f) La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.
g) La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.
ALEGACIONES (procedimiento sancionador ordinario): en caso de disconformidad con la denuncia, podrán presentarse en el plazo de 20 días contados desde el día siguiente al de su notificación del siguiente modo: presencialmente en el registro general del Ayuntamiento en San Javier o en La Manga, o por ventanilla única. También electrónicamente siendo necesario disponer de DNI electrónico o Certificado digital a través de la Web: www.sanjavier.es , entrando en menú principal, sede electrónica, catálogo de trámites, trafico, citando el número de expediente de la denuncia. (Art 95 del RDL 6/2015 de 30 de octubre de LTSV).
EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN: si no formula alegaciones ni paga con reducción la multa en los términos establecidos, la denuncia correctamente notificada, surtirá efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días de la recepción de la correspondiente notificación de denuncia, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa. Vencido el plazo de de 15 días naturales siguientes a la fecha de firmeza de la sanción acordada sin que se hubiera satisfecho la multa correspondiente, su cobro se llevará a cabo por vía de apremio mediante los actos de gestión dictada por los órganos de recaudación municipal (Art. 110 LTSV), con el recargo correspondiente.
PUNTOS A DETRAER: Si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago. En los casos en los que no hay pago con reducción, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (Art. 108 LTSV y Anexo II)
PROTECCIÓN DE DATOS: Sus datos personales serán tratados por el Ayuntamiento de San Javier, en la gestión del expediente referido en este impreso, tal y como está habilitado legalmente.
Información básica sobre el tratamiento de sus datos personales |
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Responsable |
Ayuntamiento de San Javier, con CIF P-3003500J y dirección en Plaza de España, nº3, 30730, San Javier, Murcia |
Finalidad |
Gestionar el procedimiento sancionador y las advertencias legales |
Derechos |
Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y/o portabilidad, cuando proceda, a través del correo electrónica de nuestro Delegado de Protección de Datos: dpo@sanjavier.es. |




















