Ayuntamiento de San Javier
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Expediente de ayuda económica por discapacidad

  • Negociado por:

    Personal y RRHH

  • Descripción:

    La prestación por este concepto ampara los casos de discapacidad recogidos en la normativa vigente.

  • Pasos:

    1.- Presentar la solicitud, en el Registro General.

    2.- Informe emitido por el Jefe de Negociado de Recursos Humanos.

    3.- Retención del Crédito.

    4.- Decreto de Alcaldía, si procede.

  • Requisitos:

    1º.- Llevar prestando servicios en este Ayuntamiento un año continuado, o tres discontinuos.

    2º.- Otros fijados por la mesa General de Negociación.

    - Ser cónyuge y/o hijo/a del empleado público con una discapacidad igual o superior al 33%.

    - No percibir ningún tipo de ayuda por este concepto, pensión o rentas del trabajo, salvo que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

    - El límite de edad en hijos se establece en 18 años, excepto cuando el grado de discapacidad sea igual o superior al 65%.

  • Documentación a aportar:

    La fijada por la Mesa General de Negociación:

    - Resolución del IMAS o ISSORM, donde conste el grado de discapacidad y plazo de validez.

    - Certificado del órgano competente o declaración jurada de no percibir ningún tipo de ayuda, pensión o rentas de trabajo por este concepto.

    - Declaración de la renta del último año de la unidad familiar.

  • Coste:

    Según reparto de la bolsa económica por la Mesa General de Negociación.

  • Documentación:

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