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Descripción:
La Ley define este concepto retributivo como una cantidad a percibir igual para cada grupo por cada tres años de servicio en cada Cuerpo, escala o categoría. Es una cantidad que se incrementa cada tres años de servicio y se establece, cada año, por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
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Pasos:
1º.- Presentar la solicitud, en el Registro General.
2º.- Informe emitido por el Jefe de Negociado de Recursos Humanos.
3º.- Retención de Crédito.
4º.- Decreto de Alcaldía, si procede.
5º.- Notificaciones y comunicaciones del mismo.
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Requisitos:
1º.-Ser empleado público del Ayuntamiento de San Javier.
2º.- Para computar los trienios hay que tener en cuenta la totalidad de los servicios prestados desde que se comenzó a trabajar en las Administraciones Públicas cualquiera que haya sido la relación laboral (funcionario de carrera, eventual, interino o contratado laboral o administrativo, períodos de prácticas, etc.).
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Documentación a aportar:
1º.- Anexo I (en caso de solicitar el reconocimiento de servicios prestados en otras Administraciones Públicas).
2º.- Vida Laboral.
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Coste:
Dependerá del subgrupo de la clasificación profesional y antigüedad en la Administración.
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Documentación: