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Descripción:
El Ayuntamiento de San Javier, garantizará a todos sus empleados públicos, siempre y cuando sea conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 21ª.de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública, por la que se habilita las Entidades Locales para establecer incentivos a la jubilación anticipada como sistema de racionalización de sus recursos humanos, incentivos para aquellos empleados públicos que voluntariamente quieran jubilarse.
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Pasos:
1º.- Presentar la solicitud, en el Registro General.
2º.- Informe emitido por el Jefe de Negociado de Recursos Humanos.
3º.- Retención de Crédito.
4º.- Decreto de Alcaldía, si procede.
5º.- Notificaciones y comunicaciones del mismo.
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Requisitos:
Llevar al menos 20 años prestando sus servicios para el Ayuntamiento de San Javier. En caso de no ser así, se aplicarán lascantidades que proporcionalmente les correspondan con arreglo a los años que llevaran los interesados en el momento de la solicitud.
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Documentación a aportar:
1º.- Decreto donde conste la fecha de la jubilación voluntaria anticipada.
2º.- Vida Laboral.
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Coste:
- Jubilación a los 65 años en caso de haber cotizado menos de 38 años y seis meses, recogido en el art. 205 TRLGSS. En caso contrario no sería jubilación anticipada: 5.000 €
- Jubilación a los 64 años: 10.500 €.
- Jubilación a los 63 años: 11.700 €
- Jubilación a los 62 años: 17.000 €
- Jubilación a los 61 años: 21.000 €
- Jubilación a los 60 años: 27.000 €
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Documentación: