- Negociado por:
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Descripción:
El Registro de Asociaciones tiene por objeto permitir al Ayuntamiento conocer el número de Asociaciones existentes en el Municipio, sus fines y su representatividad.
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Pasos:
El Registro se llevará en la Secretaría General del Ayuntamiento, y las inscripciones se realizarán a solicitud de las Asociaciones interesadas, en el modelo habilitado para ello y adjuntando a la misma, la documentación necesaria para ello.
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Requisitos:
En el plazo de quince días desde la solicitud de inscripción, y salvo que éste hubiera de interrumpirse por la necesidad de aportar documentación no incluida inicialmente, el Ayuntamiento notificará a la Asociación su número de inscripción y a partir de ese momento se considerará de alta a todos los efectos. Las Asociaciones inscritas están obligadas a notificar al Registro toda modificación de los datos dentro del mes siguiente al que se produzca. El presupuesto y el programa anual de actividades se comunicarán en el mes de enero de cada año. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a que el Ayuntamiento pueda de dar de baja a la Asociación en el Registro.
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Documentación a aportar:
1.- Estatutos de la Asociación.
2.- Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones y en otros Registros Públicos.
3.- C.I.F.
4.- Nombre de las personas que ocupen los cargos directivos.
5.- Domicilio Social.
6.- Presupuesto del año en curso.
7.- Programa de actividades del año en curso.
8.- Certificación del número de socios de la Asociación, expedida por el Secretario/a con el visto bueno del Presidente/a.
- Sede:
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Documentación: